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2020
Movimiento LGBTQIA+ en Brasil: el papel de los poderes en la consecución de los derechos civiles
En junio, se celebra el mes de LGBTQIA+Pride. Invitamos al profesor José Carvalho a hablar sobre los derechos adquiridos por esta comunidad en los últimos años, así como el desempeño de los poderes legislativos, ejecutivos y judiciales en esta lucha. Mira la siguiente entrevista:
- Comenta algunos logros de la causa LGBTQIA+ en los últimos años.
Tuvimos varios logros en Brasil y en el mundo. Todavía hay países que penalizan la orientación sexual de las personas, pero hemos visto una tendencia a combatir estas leyes. Las decisiones más contemporáneas implementan el derecho a la igualdad para proteger a las personas LGBTQUIA+, independientemente de su orientación sexual o identidad de género.
En algunas situaciones, el avance de la agenda termina no ocurriendo a través de la legislación, sino a través de intervenciones del Poder Judicial que, para proteger los derechos fundamentales previstos, debe intervenir en los casos de omisiones de los poderes Ejecutivo y Legislativo en cuanto a la publicación. de políticas públicas y actos normativos que promuevan la igualdad.
- ¿Cómo han contribuido las decisiones judiciales a la consecución de los derechos civiles de la población LGBTQIA+?
El papel del Supremo Tribunal Federal (STF) y del Tribunal Constitucional, en la lucha por los derechos civiles LGBTQIA+, es fundamental. Nos enfrentamos a una población minoritaria, que no puede hacer oír sus demandas en las instituciones políticas clásicas, especialmente en el ámbito del poder legislativo.
Los principales logros en Brasil, en relación con la comunidad LGBTQIA+, resultaron de decisiones judiciales. Hubo sentencias del STF, por ejemplo, que reconocieron la legitimidad de las uniones estables entre personas del mismo sexo y la posibilidad de cambiar su registro civil por personas transgénero – independientemente de la cirugía de reasignación de sexo, facilitando el proceso. También fue el STF el que declaró la inconstitucionalidad de actos normativos que prohibían a hombres homosexuales y bisexuales donar sangre. Además, recientemente, el organismo consideró inconstitucionales normas que prohibían la educación sexual y de género en las escuelas, al considerar que la educación en derechos humanos es una de las principales vías para combatir la discriminación.
También vemos esta acción en otros países. En Estados Unidos, fue la Corte Suprema estadounidense la que reconoció la posibilidad de matrimonio entre personas del mismo sexo y la que determinó la imposibilidad de discriminación, en el ámbito laboral, por orientación sexual o identidad de género.
- ¿Qué importancia tiene para la población el papel del STF en estos temas?
Además de los aportes de frenar las prácticas discriminatorias y reconocer los derechos civiles de la población LGBTQIA+, el organismo también tiene la función pedagógica de orientar a la sociedad y a los poderes públicos sobre el respeto y la necesidad de una sociedad tolerante y pluralista, donde la diversidad y la autonomía de las personas. , para que puedan vivir sus vidas sin ser perseguidos, oprimidos o privados de derechos básicos.
Hay una decisión muy simbólica del STF, para mí, en la que el tribunal reconoció la inconstitucionalidad del uso de los términos “pederastía” y “homosexual”, en el artículo 235 del Código Penal Militar (CPM), tal como los consideraba. Prejuicios discriminatorios y reforzados históricos y sistemáticos. Esta decisión es representativa porque, en la práctica, el delito es el mismo, pero el STF declaró inconstitucional el uso de una expresión peyorativa, lo cual es muy relevante en la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.
- ¿Cuáles son las consecuencias, para Brasil, de los últimos logros y acciones del STF en relación al movimiento LGBTQIA+? ¿Qué podemos esperar para el futuro?
Las expectativas para el futuro son que los poderes Ejecutivo y Legislativo, tanto en la elaboración de políticas públicas como en la edición de actos normativos, no utilicen términos prejuiciosos y presten atención a la necesidad de pluralidad, respeto y diversidad en las decisiones implementadas. .
La idea es que estas cuestiones ya sean respetadas en la toma de decisiones por parte de los poderes. Sin embargo, me doy cuenta de que, al menos en un futuro próximo, la intervención del poder judicial, especialmente del STF, seguirá siendo muy necesaria. Tenemos algunos casos en trámite en el STF sobre la discusión de derechos básicos de la comunidad LGTBQIA+, por ejemplo, un proceso en el que se discute la posibilidad de utilizar un baño compatible con la identidad de género del individuo. Ojo, estamos ante una reflexión básica: todos usamos el baño a diario y, en general, no necesitamos reclamar este derecho, pero sí algunas personas de la comunidad LGBTQIA+ sí que sí.
Idealmente, estas decisiones deben ser tomadas por los poderes ejecutivos y legislativos, pero debido a que hay una omisión estructural en la protección de los derechos civiles, es necesario intervenir al poder judicial en la protección de estas minorías. Hoy, gracias al STF, podemos casarnos, adoptar y compartir el seguro de salud. Por lo tanto, es preferible que la acción provenga del poder judicial para permitir que las violaciones de los derechos fundamentales continúen perpetuando.